Con motivo del día del libro, celebrado el 23 de abril, repasamos los aspectos más importantes que debe saber un escritor sobre sus derechos de autor.
El día 23 de abril se celebra elDía Internacional del Libro y del Derecho de Autor, el cual fue fijado por la UNESCO en 1995. Se trata de una conmemoración celebrada a nivel mundial con el objetivo de fomentar la lectura, la industria editorial y la protección de la propiedad intelectual por medio de los derechos de autor de obras literarias. Y es que, justo en esta fecha, el 23 de abril, murieron tres grandes de la literatura universal: William Shakespeare, Inca Garcilaso de la Vega y Miguel de Cervantes –éste último murió el 22 de abril, pero fue enterrado el día 23–.
Seguro que muchos escritores se preguntan si es obligatorio registrar la obra, quién es el propietario si se publica con seudónimo, cuanto tiempo duran los derechos de autor y qué pasa cuando se publica en internet, entre otras cuestiones.
Pues bien, empecemos por el principio: según el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, “la propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación”.
La importancia de los derechos de autor de obras literarias
El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el simple hecho de la creación. Particularmente, en este caso del derecho literario, comprende el derecho de las historias basadas en hechos o personajes reales, teniendo éstos derecho a leer la obra mientras es escrita.
Los autores tienen derecho a que se reconozca su autoría, no se altere tu obra, poder explotarla y recibir una compensación por las copias que se realicen. En Legal & Arts somos especialistas en proteger y defender el talento de nuestros escritores.
Aunque no es obligatorio registrar las obras literarias, sí que es muy recomendable. El hecho de registrar una obra sirve como reconocimiento legal sobre los derechos de autoría en caso de en un futuro tener que utilizarlo como prueba.
Presunción de autoría, obras anónimas o seudónimas
Las obras objeto de protección pueden ser según su autor ya sea conocido, anónimo o por seudónimo, estas últimas son las divulgadas con un nombre, signo o firma que no revele la identidad del autor.
“Se presumirá autor, salvo prueba en contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo identifique”, indica la Ley de Propiedad Intelectual. A lo que añade que, “cuando la obra se divulgue en forma anónima o bajo seudónimo o signo, el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual corresponderá a la persona natural o jurídica que la saque a la luz con el consentimiento del autor, mientras éste no revele su identidad”.
Los derechos de autor en el mundo digital
Los derechos de autor en el mundo digital no cambian. Y es que, difundir artículos, libros, canciones o cualquier producto cultural –salvo algunas excepciones determinadas por la ley–, es una acción que necesita el consentimiento del autor, tanto en papel como en Internet.
Así, “toda obra cuyo plazo de protección siga vigente está protegida independientemente de que haya sido publicada en papel o en Internet”, afirma la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
¿Cuánto duran los derechos de autor de una obra literaria?
“De conformidad con el Convenio de Berna, la duración mínima del derecho de autor dura mientras el autor esté vivo y cincuenta años después de la muerte del autor. Un ejemplo podemos encontrarlo en los derechos de autor de Winnie the Pooh, los cuales quedan libres en 2022.
En la mayor parte de Europa y en Estados Unidos, este plazo legal ha sido ampliado a setenta años tras la muerte del autor, y en algunos casos incluso más. En el caso de una autoría conjunta, la duración del derecho de autor comienza a contar desde el final del año en que fallezca el último autor superviviente”, indican desde la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
No obstante, es importante conocer la duración del derecho de autor porque en cada país se aplican plazos diferentes, y el trato nacional conforme al Convenio de Berna está sujeto a la norma de comparación de plazos. Asimismo, si el país de origen de la obra otorga un plazo de protección menor al del país de explotación de la misma, este último podrá aplicar el plazo más corto.